DOCUMENTOS QUE DEBE RECIBIR EL TRABAJADOR AL FINALIZAR EL CONTRATO DE TRABAJO EN FRANCIA:
El trabajador debe
recibir:
1.- El saldo de los salarios
2.- La indemnización compensatoria de vacaciones cuyo
importe es una 1/10 parte de la remuneración bruta total.
3.- Un certificado de trabajo con indicación del período
y de las jornadas trabajadas.
4.- En el boletín de salario deben figurar: el número de
horas trabajadas, el salario aplicable, las cotizaciones a la seguridad social,
la parte proporcional de las vacaciones pagadas, la dirección y firma del
empleador (conservar siempre los boletines de salario hasta la jubilación).
5.- Si se trata de un contrato de trabajo para trabajador
temporero, no se aplica la indemnización de precariedad que se abona al término
de un contrato de duración determinada.
6.- Certificado de Pôle-Emploi (Attestation Pôle Emploi).
Además, el trabajador debe solicitar y obtener, directamente ante la Unité
Territoriale de la DIRECCTE correspondiente al domicilio del empleador o a
través de la correspondiente Oficina de Empleo y Seguridad Social de la
demarcación en la que haya trabajado, el Formulario U1 (E 301); a los efectos
de hacer valer ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), los derechos
a la cobertura del desempleo, adquiridos en Francia. El trabajador deberá
aportar a la DIRECCTE fotocopias del DNI, del contrato de trabajo y de los
boletines de salario.
Nota: Es muy
importante que el trabajador conserve cuidadosamente toda la documentación
entregada por las empresas francesas. Además, debe solicitar a la empresa que
expida el Certificado de Pôle Emploi (Attestation Pôle Emploi), para conseguir
rápidamente en Francia el formulario U1 en la DIRECCTE -documento necesario
para solicitar el desempleo a su vuelta a España.
A la hora de
cobrar el paro en España, además de las cotizaciones que el trabajador tenga
acumuladas en nuestro país se tienen en cuenta las que pudiera tener en otros
países europeos.
Información recopilada en varias páginas oficiales del INSS y SEPE