lunes, 26 de febrero de 2018

El formulario U1

Ha trabajado en Francia y para obtener prestaciones de desempleo le solicitan el formulario comunitario U-1* expedido por España, ¿Dónde debe solicitarlo?
*(¿Qué es el formulario u1?
El formulario U1 (antes E301) es un documento en el que se certifican los periodos de cotización que un trabajador tiene acumulados en los países de la Unión Europea, para el cálculo de las prestaciones por desempleo.)

Debe solicitarlo mediante escrito dirigido a la Dirección provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de la última provincia en la que trabajó, indicando los siguientes datos:
  1. ·         Nombre y apellidos
  2. ·         NIF/NIE y número de seguridad social español
  3. ·         Provincias de trabajo y periodos trabajados en España.
  4. ·         Dirección postal en Francia donde el SEPE le remitirá el U1.

Página Web del servicio público de empleo estatal: www.sepe.es

Solicitar un informe de vida laboral en Francia

¿Cómo se puede obtener un informe de vida laboral por el trabajo realizado en Francia?
Se debe solicitar ante el organismo francés correspondiente al régimen de seguridad social al que se haya cotizado:
Régimen general
Para solicitarlo por correo:
CNAV 15 Av. Louis Jouhanneau. 37078 TOURS CEDEX 2. FRANCIA
Para solicitarlo a través de la página Web:
Régimen agrícola

Para solicitarlo por correo:
MSA. Les Mercuriales. 40 rue J. Jaurès.93547 BAGNOLET CEDEX. FRANCIA

Los datos que deben incluir en el escrito son los siguientes:
  1.    NOMBRE APELLIDOS
  2.    FECHA DE NACIMIENTO
  3.  NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL FRANCÉS (13 dígitos, más otros 2 posibles, de control)
  4.  DOMICILIO ACTUAL COMPLETO (CON CÓDIGO POSTAL)
  5.  LUGARES DE TRABAJO EN FRANCIA
  6.  TIPO DE TRABAJO (régimen General o Agricultura…)
  7.  AÑOS DE TRABAJO

Información recopilada en varias páginas oficiales del INSS y SEPE


viernes, 16 de febrero de 2018

Derecho a paro en España después de trabajar en Francia.

         Prestaciones por desempleo

         ¿Se puede cobrar una prestación por desempleo en España?        
                    
            Depende de la vida laboral anterior en Francia y en España. Se puede o bien exportar la prestación francesa de desempleo, en caso de que se tuviese reconocida esta prestación o solicitar una prestación por desempleo en España si se tuviese reconocido suficiente periodo de cotización con anterioridad a la salida del país y se reúnen los requisitos necesarios.
         
         ¿Qué hay que hacer para poder cobrar el paro una vez que el trabajador ha regresado a España?

            Para poder cobrar el paro en España es necesario:

·         1º) Cotizar en España después de regresar del extranjero. 
           No se puede pedir el paro en España directamente tras regresar del país europeo. El trabajador debe darse de alta con un contrato que cotice por desempleo, aunque sea por un día. Podrá solicitar la prestación cuando ese contrato finalice por fin de su duración, despido, etc, es decir, al encontrarse en situación legal de desempleo.  Es importante que este contrato al regresar sea a jornada completa, para evitar el problema de tener que cobrar luego únicamente un subsidio parcial en lugar del 100%.

·         2º) Además de lo anterior, cumplir los requisitos generales para acceder a una prestación por desempleo:

1.     Tener al menos 360 días de cotización acumulada en los últimos seis años (a partir de la última salida de España) y que no se hayan consumido para otras prestaciones. Cuentan los días cotizados en España, en Europa y en otros países con los que haya convenio bilateral.
2.     Estar en situación legal de desempleo
3.     Inscribirse como demandante de empleo (apuntarse al paro)

·         Si el número de días de paro acumulado y no consumido, tanto en España como en país extranjero es menor de 360 y se cumplen una serie de condiciones se puede pedir el subsidio por cotización insuficiente 

·         Si se pide el paro en España pero se ha cobrado parte de la prestación a través de otro Servicio de Empleo Europeo, se reduce del paro español el que ya se ha consumido en el extranjero.  Esta información se incluye en el Formulario U1 (E301).

Las excepciones a la obligación de volver a cotizar en  España:
·         Lo explicado anteriormente es la norma general, para la que hay algunas excepciones a tener en cuenta:
·         a) Cuando el trabajador antes de irse al extranjero estaba cobrando el paro español y pidió suspenderlo para buscar trabajo en el extranjero: al regresar podrá pedir la reanudación de su prestación directamente, sin necesidad de volver a cotizar.
       b) Los trabajadores que regresan de países no europeos y en los que no exista Convenio bilateral con España, pueden solicitar el subsidio para emigrantes retornados
·         c) La exportación de las prestaciones por desempleo es un mecanismo que permite durante tres meses (ampliable otros tres), seguir cobrando en otro país europeo el paro que el trabajador cobraba en España y viceversa.

·         d) Cuando no se tiene derecho a cobrar una prestación ni un subsidio por no reunir los requisitos, existe una ayuda, la Renta Activa de Inserción , para colectivos con especial dificultad para acceder al mercado de trabajo. Entre ellos se encontrarían los emigrantes retornados mayores de 45 años.   

   Información recopilada en varias páginas oficiales del INSS y SEPE
DOCUMENTOS QUE DEBE RECIBIR EL TRABAJADOR AL FINALIZAR EL CONTRATO DE TRABAJO EN FRANCIA:

 El trabajador debe recibir:

1.- El saldo de los salarios

2.- La indemnización compensatoria de vacaciones cuyo importe es una 1/10 parte de la remuneración bruta total.

3.- Un certificado de trabajo con indicación del período y de las jornadas trabajadas.

4.- En el boletín de salario deben figurar: el número de horas trabajadas, el salario aplicable, las cotizaciones a la seguridad social, la parte proporcional de las vacaciones pagadas, la dirección y firma del empleador (conservar siempre los boletines de salario hasta la jubilación).

5.- Si se trata de un contrato de trabajo para trabajador temporero, no se aplica la indemnización de precariedad que se abona al término de un contrato de duración determinada. 

6.- Certificado de Pôle-Emploi (Attestation Pôle Emploi). Además, el trabajador debe solicitar y obtener, directamente ante la Unité Territoriale de la DIRECCTE correspondiente al domicilio del empleador o a través de la correspondiente Oficina de Empleo y Seguridad Social de la demarcación en la que haya trabajado, el Formulario U1 (E 301); a los efectos de hacer valer ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), los derechos a la cobertura del desempleo, adquiridos en Francia. El trabajador deberá aportar a la DIRECCTE fotocopias del DNI, del contrato de trabajo y de los boletines de salario.

 Nota: Es muy importante que el trabajador conserve cuidadosamente toda la documentación entregada por las empresas francesas. Además, debe solicitar a la empresa que expida el Certificado de Pôle Emploi (Attestation Pôle Emploi), para conseguir rápidamente en Francia el formulario U1 en la DIRECCTE -documento necesario para solicitar el desempleo a su vuelta a España.


A la hora de cobrar el paro en España, además de las cotizaciones que el trabajador tenga acumuladas en nuestro país se tienen en cuenta las que pudiera tener en otros países europeos.

 Información recopilada en varias páginas oficiales del INSS y SEPE